Aunque la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), comúnmente llamada Ley Antilavado, está en vigor desde 2013, ha ganado relevancia recientemente debido al incremento en su aplicación por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Este organismo ha intensificado sus acciones para hacer cumplir la ley, lo que ha resultado en un aumento significativo en las sanciones impuestas por incumplimiento, mismas que pueden alcanzar montos considerables.
La Ley Antilavado fue implementada en México tras las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera de Sudamérica, con el objetivo de combatir el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo. Aunque México ya contaba con avances en su marco normativo, las leyes anteriores resultaban insuficientes para cumplir con los estándares internacionales. Esta situación era especialmente crítica debido a que gran parte del blanqueo de capitales en el país proviene del tráfico de drogas.
El propósito principal de la Ley es regular aquellas actividades económicas que podrían ser utilizadas para la canalización de recursos de procedencia ilícita, los cuales suelen financiar actividades delictivas, como el crimen organizado y el terrorismo. Las actividades consideradas vulnerables bajo la Ley incluyen, entre otras, la compra y venta de inmuebles, vehículos, joyas, obras de arte, así como la prestación de servicios de fe pública y la operación de casas de empeño.
Desde julio de 2013, las personas físicas y morales que realicen estas actividades están obligadas a registrarse en el Padrón de Prevención de Lavado de Dinero, además de cumplir con varias obligaciones, como identificar a sus clientes, conservar la documentación de respaldo y presentar avisos periódicos al SAT. Estas medidas están diseñadas para mejorar la transparencia en las transacciones y prevenir el uso de fondos ilícitos.
El SAT, en su rol de órgano encargado de hacer cumplir la LFPIORPI, ha aumentado sus visitas de verificación para revisar que los sujetos obligados cumplan con sus responsabilidades. Además, el SAT tiene la facultad de imponer sanciones a quienes no cumplan con las obligaciones impuestas por la Ley, lo que refuerza la importancia de cumplir con los requisitos de identificación de clientes y presentación de avisos.
Es importante destacar que, aunque las facultades del SAT para llevar a cabo estas inspecciones provienen principalmente del Código Fiscal de la Federación, la regulación de las visitas de verificación relacionadas con la LFPIORPI se encuentra en la propia ley y en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Esto implica que los procedimientos fiscales tradicionales no son aplicables en estos casos, lo que significa que los sujetos obligados deben estar bien informados sobre las diferencias en los plazos, sanciones y medios de defensa disponibles en este contexto.
Debido a estas diferencias, es crucial que los sujetos que realicen Actividades Vulnerables, así como sus asesores, estén al tanto de las regulaciones específicas de la LFPIORPI y del Padrón de Prevención de Lavado de Dinero, para evitar inscribirse erróneamente y ser sancionados. Las sanciones por incumplimiento son severas y pueden llegar a superar los siete millones de pesos, dependiendo de la infracción cometida.
Finalmente, es esencial entender que el incumplimiento espontáneo o la reducción de multas, que son posibles en otros procedimientos fiscales, no aplican en el contexto de la Ley Antilavado. Esto refuerza la necesidad de mantenerse bien informado y cumplir cabalmente con las obligaciones impuestas por la ley para evitar sanciones significativas.
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