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La presentación de avisos a la autoridad fiscal es una obligación que busca transparentar el origen de los recursos de las operaciones realizadas, identificando a los clientes o usuarios con quienes se realiza alguna operación financiera relacionada con alguna actividad vulnerable. 

En este sentido debes saber que la omisión o errores en el llenado puede dar lugar a cuantiosas multas que pueden perjudicar la viabilidad financiera de tu empresa o negocio. ¡Evítalos! Checa esta guía y cumple con la Ley Antilavado.

  1. ¿Quiénes deben presentar los avisos? Deben presentarlos las personas físicas o morales que por su ocupación, profesión, actividad, giro u objeto social realizan una o más actividades vulnerables. Para ello, deberán estar dados de alta en el padrón de sujetos obligados con fundamento en el artículo 17 de la LFPIORPI
  2. ¿Cuándo debo presentarlos? La fecha límite es el día 17 del mes inmediato siguiente al día en que se realizó la operación. El Fundamento Legal es de la LFPIORPI, artículos 17, 23, 24 y 32. Reglamento de la LFPIOPI, artículos 5 y 7. Y Reglas de Carácter General de la LFPIORPI, artículos 24, 25 y 27
  3. ¿Qué ocurre si presento los avisos fuera de la fecha estipulada por la autoridad? Hay remedio. En este caso, la autoridad fiscal proporcionará ciertas anuencias administrativas para cumplir con el requisito después del 17 del mes correspondiente o en caso de ser día inhábil el día hábil inmediato siguiente tomando en consideración el sexto dígito del RFC, según estos parámetros: 1 y 2, primer día hábil siguiente; 3 y 4; segundo día hábil siguiente; 5 y 6, tercer día hábil siguiente; 7 y 8, cuarto día hábil siguiente; 9 y 0; quinto día hábil siguiente. Para efectos de que dicha facilidad administrativa sea válida, deberán presentar sus Avisos, así como informes únicamente en el día hábil que les corresponda. 
  4. Me equivoqué en el llenado del aviso, ¿se puede modificar? La corrección o modificación de los datos expuestos en un aviso es posible. Basta con acceder al Portal de Prevención de Lavado de Dinero con e.firma, visualizar la sección “ver acuses” y después ver el ‘detalle’ en el acuse del aviso que desea modificar.
  5. ¿Qué pasa si no presento avisos o incumplo con las disposiciones de la ley? Hay sanciones. Están definidas en los términos de los artículos 53 y 54 de la LFPIORPI, así como en el capítulo Vll de la misma ley.

Para cumplir en tiempo y forma con los avisos, apóyate en apóyate en software especializado como Prevenet, que te ayuda a gestionar la información de tus clientes, facilita el resguardo de datos y te avisa -entre otras cosas- sobre la necesidad de enviar avisos a la autoridad. Solicita información al (01 55) 52643146 o escribe a info@prevenet.com.mx.