La propia definición del Banco de México dice que los activos virtuales son una unidad de información que no representa la tenencia de algún activo subyacente a la par, identificable y almacenada electrónicamente.
En pocas palabras podríamos decir que es información codificada de una transacción en la red a través de una codificación de seguridad. Entre los activos virtuales encontramos las criptomonedas.
Actualmente se han publicado numerosos estudios en los cuales se muestra que grupos delictivos, lavan dinero a través utilizando estos activos virtuales para manejar sus transacciones. En el marco legal de las Fintech se han establecido solicitudes de autorización en las que se requiere a las instituciones interesadas presentar la forma en la que se atenderán los riesgos asociados con la operación con activos virtuales.
La misma regulación ha definido el uso de activos virtuales como una actividad vulnerable, ya que es uno de los cambios financieros más importantes del mundo financiero a nivel mundial. Las instituciones de tecnología financiera han tenido que operar bajo las regulaciones de la Ley Fintech y los requerimientos de la UIF y actualmente en la cámara de diputados se habla de incluir en las funciones del Banxico recular y determinar los activos virtuales para reforzar el sistema financiero del SAT.
Los retos que giran en torno al lavado de dinero y la regulación de activos virtuales siguen creciendo a medida que este tipo de economía se expande por el mundo e incluso las leyes sufrirán modificaciones considerables para poder mantener estas operaciones con cierto control dentro del marco de la ley.